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Subvención en materia de ayudas a la contratación

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Código
DescripciónTrámite que tiene por objeto concesión de subvenciones para el fomento del empleo en la ciudad incentivando la contratación de nuevos trabajadores con el fin de minimizar el impacto de la crisis económica provocada por la pandemia de Covid-19 en la ciudad de Teruel .
Órgano resolutorioAyuntamiento de Teruel
¿Quién tramita la solicitud?Desarrollo Local
DestinatarioAutonómos y empresas de menos de 10 trabajadores
Sujeto a tasa o precio públicoNo
DisponibilidadSujeto a convocatoria.
¿Quién lo puede solicitar?Autonómos y empresas de menos de 10 trabajadores que cumplan los siguientes requisitos:

-Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (Agencia Estatal de Administración Tributaria) y frente a la Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social), así como de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma (órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón), y asimismo no tener deuda pendiente de pago con el Ayuntamiento de Teruel.

-Que no concurra ninguna de las circunstancias a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario de la subvención.

Forma de iniciaciónDe parte
Efecto del silencioDesestimatorio.
Plazo de presentaciónLas solicitudes se presentarán dentro del plazo de siete dias habiles a partir de su publicación en el B.O.P.T.

Plazo: del 14 de octubre al 27 de octubre del 2021 ambos inclusive.

Plazo de resolución3 meses desde la finalización del plazo presentación de solicitudes.
Fin a la vía administrativaCabe interponer recurso administrativo.
Normativa

Las Bases que regirán en materia de ayudas a la contratación fueron aprobadas mediante la correspondiente Ordenanza específica por acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión del día 25 de junio de 2021 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia a fecha 8 de julio de 2021. Con arreglo a dichas Bases se publica la convocatoria para el año 2021.

¿Requiere documentación?Si
Documentación a aportarDocumentación a presentar:

Las solicitudes de subvención se presentarán en los modelos normalizados que facilitará el Ayuntamiento. Tanto las Bases como los modelos normalizados estarán a disposición del público en las oficinas del Ayuntamiento y en la página web.

Deberá presentarse para solicitar subvención:

· Modelo normalizado de solicitud de subvención.

Documentación acreditativa de la capacidad del representante legal del solicitante para actuar en nombre y representación del mismo, en su caso.

· Anexo 1, referido a la declaración responsable relativa a que en la persona interesada no concurre ninguna de las circunstancias a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impidan obtener la condición de beneficiario de la subvención y que en caso de haber sido beneficiario de las ayudas de  contratación del año 2020 se mantienen todas las condiciones por las que se concedió la ayuda.

· Anexo 2, Relación de trabajadores contratados por los que se solicita la ayuda.

. Anexo 3, Consentimiento firmado por los trabajadores para que el solicitante de la subvención pueda comunicar al Ayuntamiento los datos personales de éstos.

. Anexo 4, Ficha de terceros

· Copia del contrato firmado por ambas partes y acreditación de haber cumplido la obligación de comunicación a la oficina pública de empleo.

· Nóminas del trabajador/es efectivamente abonadas hasta el momento de presentar la solicitud.

· Consentimiento firmado por los trabajadores para que el solicitante de la subvención pueda comunicar al Ayuntamiento los datos personales de éstos, según Anexo 4.

· Ficha de terceros.

a) En el caso de autónomos:

· DNI o documento equivalente que acredite su identidad.

· Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización del autónomo que refleje el número de trabajadores contratados.

b) En el caso de sociedades:

· NIF y escritura pública de constitución, en su caso, con sus posibles modificaciones posteriores.

· Informe de vida laboral de la empresa expedido por la correspondiente Administración de la Seguridad Social, comprensivo al menos de los seis meses anteriores a la contratación del trabajador o desde su alta como empresa, y en el que aparezcan incorporados los trabajadores por los que se solicita subvención.

· Poder suficiente del representante para actuar en nombre de la sociedad.

Si alguna de las personas contratadas por las que se solicita la subvención causara baja durante la tramitación de la solicitud, el solicitante decaerá en su derecho a la solicitud presentada con respecto a la persona dada de baja, continuando la tramitación, en su caso, para el resto de las personas contratadas para las que se solicite subvención, sin perjuicio de que pueda presentar una nueva solicitud por la contratación de nuevos trabajadores.

Junto a todo lo anterior, deberá constar :

Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (Agencia Estatal de Administración Tributaria) y frente a la Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social), así como ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma (órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón) y asimismo no tener deuda pendiente de pago con el Ayuntamiento de Teruel.

El Ayuntamiento de Teruel recabará de oficio los documentos que acrediten lo anterior electrónicamente mediante consulta a las Plataformas de Intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, conforme resulta de la normativa aplicable en materia de protección de datos. En caso de que el interesado se opusiera a dicha consulta, deberá indicarlo expresamente en la misma solicitud aportando él mismo los certificados correspondientes.

Observaciones / Información de interés
Medios de contacto

La Unidad de Desarrollo Local se encuentra en la planta baja de la casa Consistorial. Plaza de la Catedral nº 1.

Correo electrónico: desarrollo.local@teruel.es

En el telefono 978619921

¿Dónde solicitarlo?

Las solicitudes de subvención podrán ser presentadas por los siguientes medios:

Lugar de presentación:

  • 1. MICROEMPRESAS Y PROFESIONALES DE COLEGIACIÓN OBLIGATORIA: Al resultar estos interesados sujetos obligados a relacionarse exclusivamente por medios electrónicos con la Administración (Artículo 14.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, apartados a) y c); y Artículo 3.1 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos), dichas solicitudes de subvención deberán ser presentadas exclusivamente por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Teruel, cuyo catálogo de trámites recoge la "Solicitud de subvención en materia de ayudas a la contratación año 2021". Será igualmente válida su presentación telemática a través de las sedes electrónicas del resto de Administraciones Públicas o entidades dependientes del Sector Público, o del Portal de Registro Electrónico Común de la Administración General del estado.

    Se establecen como medios de identificación y firma electrónica cualquiera de los sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». A estos efectos la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Teruel admite los siguientes:

    · Certificado electrónico de representante de persona jurídica. El uso de este certificado acredita por si mismo la representación.

    · Certificado electrónico de persona física, Sistema de firma electrónica Cl@ve proporcionada por la Administración General del Estado, o DNI electrónico convenientemente activado con firma electrónica. Si el interesado es persona jurídica, el titular de este medio de identificación y firma electrónica deberá coincidir con la persona que se identifique como representante de la persona jurídica firmante de la solicitud normalizada. En el caso de que no se considere probada la validez de la representación, se dará el oportuno trámite para subsanarlo acreditando la misma.

  • TRABAJADORES AUTÓNOMOS: Al resultar personas físicas no obligadas a relacionarse exclusivamente por medios electrónicos con el Ayuntamiento de Teruel (Artículo 14 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Artículo 3.2 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos), podrán optar por:

    A) Presentar dichas solicitudes de subvención por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Teruel, cuyo catálogo de trámites recoge la "Solicitud de subvención en materia de de ayudas a la contratación año 2021". Siguiendo lo establecido en el punto 6.1 como obligatorio para las microempresas y profesionales colegiados.

    B) Presentar dichas solicitudes por cualquiera de los otros medios permitidos para las personas físicas en la Ley 39/2015 PACAP:

    - De forma presencial, mediante la presentación de documentación en soporte papel en el Registro General del Ayuntamiento de Teruel - Oficina de Asistencia en Materia de Registros, o en cualquiera de las oficinas de registro de otras Administraciones y Organismos Públicos integrados en el Sistema de Interconexión de Registros.

  • en las oficinas de correos, en la forma que reglamentariamente se establezca;
  • en cualquiera de las oficinas de registro de otras Administraciones y Organismos Públicos integrados en el Sistema de Interconexión de Registros (por ejemplo, Subdelegación de Gobierno, Diputación General de Aragón, otros Ayuntamientos integrados¿). La consulta de oficinas de registro integradas en este Sistema se podrá hacer en el siguiente enlace.
Horario de RegistroHorario general: LUNES A VIERNES 9 A 14 HORAS
Horarios especiales:
Medievales: El viernes de medievales de 9 a 12h.
Semana Santa: Desde el Martes Santo, hasta el Lunes de Pascua, de 9 a 13h.
Fiestas del Ángel: Desde el viernes de Ferias, hasta fin de la Vaquilla, de 9 a 13h.
Navidad: Desde el 22 de diciembre, al 6 de enero, de 9 a 13h.
DESCARGA DE DOCUMENTOS
20 de Marzo de 2023

Tramitación usando Cl@veTramitación usando Sistemas de Identificación electrónica

Registro ElectrónicoTramitación usando Certificado FNMT o DNIe

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