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Autorización para titulares de tarjeta europea de estacionamiento para personas con movilidad reducida que no tengan la condición de residentes. 

Los titulares de tarjeta europea de estacionamiento para personas con movilidad reducida, tendrán derecho de acceso con vehículo que conduzca o en el que sea trasladado a las zonas peatonales en cualquier horario, siendo recomendable que den de alta en el registro correspondiente las matrículas de los vehículos de su propiedad o en los que son traslados habitualmente para evitar el inicio del procedimiento sancionador en materia de tráfico.

Estos vehículos deberán llevar colocada de manera visible y en todo momento en el salpicadero la tarjeta europea acreditativa de persona con movilidad reducida previamente al acceso a la zona delimitada como afecta a esta ordenanza y durante todo el tiempo de su permanencia en el mismo, en caso contrario procederá el inicio del procedimiento sancionador.

Para los casos en que se produzca el acceso a la zona de restricción por parte de un vehículo con derecho a la utilización de tarjeta europea de estacionamiento para personas con movilidad reducida, siempre que se cumplan las necesidades establecidas para su utilización, cuya placa de matrícula no se encuentre inscrita en la base de datos de vehículos autorizados, con el único fin de evitar el inicio del procedimiento sancionador, se establece un plazo no superior a 48 horas para comunicar el acceso por los medios telemáticos dispuestos al efecto, correcto electrónico que se señale en la web municipal o a través de la Policía Local y presentar la documentación por parte del interesado.

La autorización otorgará derecho a estacionar el vehículo dentro de la zona peatonal autorizada, y en los espacios habilitados a tal efecto, así como en aquellos lugares donde no suponga una grave perturbación al tránsito de peatones o vehículos, quedando prohibido su estacionamiento en zonas exclusivamente peatonales, de seguridad del Estado o de titularidad municipal.

Esta autorización tendrá la misma vigencia que la tarjeta europea de estacionamiento para personas con movilidad reducida.

Documentación a aportar para obtención de la autorización:

 

  • Tarjeta europea de estacionamiento para personas con movilidad reducida, en vigor.