Empleo
Personal
Casa Consistorial
(Plaza de la Catedral, 1, 44001, Teruel)
Entreplanta izquierda
Laborables lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas
Telf: 978 61 99 04
personal@teruel.es
Bases de Selección
Este procedimiento regula la aprobación de bases, desarrollo de procesos selectivos y nombramiento de funcionarios de carrera o contratación de personal laboral fijo, conforme a la oferta pública de empleo vigente. Incluye la elaboración de bases, publicación, presentación de solicitudes, valoración de méritos, resolución del proceso y formalización de nombramientos, todo ello gestionado por la Unidad de Personal y Servicios Generales según la normativa aplicable.
MAS INFORMACIÓN
Inicio de oficio: el área elabora las bases para la convocatoria de un proceso de selección en aplicación de la oferta pública de empleo aprobada para el año del que se trate. Las bases son remitidas a la Mesa de Negociación para el cumplimiento de los trámites previstos en el artículo 37 del EBEP.
Emitido el dictamen, el expediente, al tratarse de personal fijo y funcionarios, se remite a la Junta de Gobierno para su resolución. El acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia (se hace una pequeña reseña de las mismas en el Boletín Oficial del Estado).
En las bases aparece periodo para presentar solicitudes para participar en el proceso selectivo del que se trate para lo que deberán presentar, en el Registro General, el formulario tipo por escrito debidamente cumplimentado junto a la documentación requerida en las bases del proceso en cuestión del que se trate:
* Fotocopia del DNI
* Justificante de pago de la tasa
En ocasiones se solicita, para méritos, documentos acreditativos de los mismos (normalmente certificado de servicios prestados para la administración) (originales o fotocopias compulsadas): los méritos se presentan en un sobre cerrado.
El Registro da traslado del escrito al Área la cual examina las solicitudes y, en el caso de faltar algún documento, lo requiere para que sea entregado en un plazo de 10 días.
Se publica la lista con el Tribunal así como con los admitidos a través de Decreto de Alcaldía, existiendo un plazo para impugnarla y realizar la reclamaciones
Pasado el plazo, si no ha habido impugnaciones o éstas han sido resueltas, se entiende aprobada definitivamente la lista de admitidos y queda fijado el comienzo del proceso y la composición del Tribunal Calificador.
Una vez realizado los procesos selectivos y en el plazo de 20 días desde la publicación del correspondiente anuncio, las personas seleccionadas deben solicitar a instancia de parte su nombramiento, para ello, se presenta, a través del Registro General, escrito solicitando el nombramiento más los documentos requeridos por la normativa (título académico, certificado médico, etc...)
Hay un mes para tomar posesión del cargo. El día de la incorporación se levanta un acta de toma de posesión, firmada por el Alcalde, Secretario y el funcionario.
El trámite y resolución de estos procedimientos corresponde a la Unidad de Personal y Servicios Generales.
Normativa:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local
Ley 7/1999, de 9 de abril, de administración local de Aragón
Texto refundido de disposiciones vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública
Real Decreto 896/1991, de 7 de junio
Real Decreto 364/1995, de 10 marzo
Pacto de funcionarios
Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Aprobación bases de selección, realización del proceso selectivo, nombramiento funcionarios de carrera o contratación personal laboral fijo.
Normativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local
- Ley 7/1999, de 9 de abril, de administración local de Aragón (en particular su artículo 42.1)
- Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
- Pacto de Funcionarios.
Aprobación Oferta Pública de Empleo
Inicio de oficio, a través de Providencia del Concejal. El área elabora la propuesta de Oferta de Empleo Público de acuerdo con las necesidades de personal de todas las áreas y servicios del Ayuntamiento. El Concejal realiza una propuesta con las plazas. La Oferta de Empleo Público requiere trámite previo de negociación con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General. El expediente se remite a la Junta de Gobierno como órgano competente para la aprobaciónd e dicha Oferta. La Oferta es publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón Municipal de Anuncios de Personal. Las bases para los procesos selectivos (con los que acceder a las plazas) se aprueban, normalmente, al año siguiente de la aprobación de la oferta. El trámite y resolución de este procedimiento corresponde a la Unidad de Personal y Servicios Generales.
Procesos Selectivos
Bolsas de Trabajo Vigentes
Arquitectos Administración Especial
Arquitectos del PGOU
Arquitectos Técnicos
Administrativos de Administración General
Peones Especializados Limpieza
Trabajadores Sociales
Técnico Auxiliar de Delineación
Técnicos Administración General
Educador Social
Técnico Superior Educación Infantil
Técnico Auxiliar Informatico
Oficial Alumbrado Público
Técnico de Animación Sociocultural y Turística
Operario - Peones Jardines
Conserjes de Deportes
Profesores de Educación de Adultos
Ingenieros Técnicos de Obras Públicas
Ingenieros Técnicos Industriales
Oficial de Mantenimiento de Deportes
Auxiliares Administrativos de Administración General
Este documento regula la gestión de las bolsas de empleo del Ayuntamiento de Teruel y el proceso de selección y cese del personal no permanente, garantizando criterios de igualdad, mérito, transparencia y eficiencia.
Concursos de Traslados
Administrativo Administración General
Auxiliar Administrativos Administración General
Conserje Colegio Ensanche
Policía Local
Técnicos de Administración General
Contratación personal a través del INAEM
Se trata de un procedimiento de contratación de personal laboral,concarácter temporal, que se empleará cuando el Ayuntamientode Teruel carezca de bolsa de empleo de la categoría correspondiente, ocuando se requiera legalmente la intervención del INAEM en elprocedimiento de contratación, como son los casos de lasuscripción de contratos de relevo y en la ejecución de planes deempleo subvencionados por Administraciones Públicas.
El procedimiento se inicia de oficio a través de escrito (solicitudoficial firmada por Alcalde) dirigido al INAEM para que éste gestione lacontratación (selección) de personal que necesita el Ayuntamiento(personal no fijo ni funcionarios). La gestión de la seleccióninicial de los aspirantes corresponde al INAEM. En función del tipo deproceso, la selección puede ser realizada directamente por el INAEM opuede ser realizada por el Ayuntamiento de Teruel. En este último casoes el INAEM quien suministra una lista de candidatos para que el Ayuntamientode Teruel elija entre ellos.
Realizada la selección se remite al área de Personal quien se pone en contacto con los seleccionados para la suscripción del contrato(modelo tipo). El contrato es firmado por las partes (firma el Alcalde en nombre y representación del Ayuntamiento).
El trámite municipal y resolución de este procedimiento compete a la Unidad de Personal y Servicios Generales.
Contratación personal a través del INAEM
Se trata de un procedimiento de contratación de personal laboral, con carácter temporal, que se empleará cuando el Ayuntamiento de Teruel carezca de bolsa de empleo de la categoría correspondiente, o cuando se requiera legalmente la intervención del INAEM en el procedimiento de contratación, como son los casos de la suscripción de contratos de relevo y en la ejecución de planes de empleo subvencionados por Administraciones Públicas.
El procedimiento se inicia de oficio a través de escrito (solicitud oficial firmada por Alcalde) dirigido al INAEM para que éste gestione la contratación (selección) de personal que necesita el Ayuntamiento(personal no fijo ni funcionarios). La gestión de la selección inicial de los aspirantes corresponde al INAEM. En función del tipo de proceso, la selección puede ser realizada directamente por el INAEM o puede ser realizada por el Ayuntamiento de Teruel. En este último caso es el INAEM quien suministra una lista de candidatos para que el Ayuntamiento de Teruel elija entre ellos.
Realizada la selección se remite al área de Personal quien se pone en contacto con los seleccionados para la suscripción del contrato (modelo tipo). El contrato es firmado por las partes (firma el Alcalde en nombre y representación del Ayuntamiento).
El trámite municipal y resolución de este procedimiento compete a la Unidad de Personal y Servicios Generales.
Selección de un Peón especializado del Servicio de Limpieza Viaria
Bases para la selección, mediante convocatoria pública, de un peón especializado del servicio de limpieza viaria, a contratar por el Ayuntamiento de Teruel mediante contrato de relevo.
