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Autorización para servicios públicos municipales y de otras administraciones públicas. 

Los vehículos destinados o relacionados con servicios públicos municipales, o de la Administración del Estados, Autonómica, Local o Comarcal y los vehículos de las empresas concesionarias de servicios públicos municipales que, por razón de sus servicios, tengan necesidad de circular por las vías afectadas por la restricción de acceso, dispondrán de autorización para ello.

El Ayuntamiento de Teruel incluirá de oficio en el sistema informático de control de acceso, las matrículas de los vehículos de propiedad municipal, siendo necesario que las restantes Administraciones Públicas proporcionen una relación de matrículas de sus vehículos para su inscripción en base de datos.

Será obligatoria la colocación de tarjeta municipal de vehículo autorizado para todos aquellos que la posean, haciéndolo de manera totalmente visible sobre el salpicadero del vehículo.

Esta autorización tendrá vigencia mientras persistan las condiciones que determinan su concesión.

Documentación a aportar para obtención de la autorización:

 

A la solicitud de autorización deberá acompañar los siguientes documentos:

  • Documento donde se relacionen las matrículas de los vehículos pertenecientes a sus flotas.